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General Category => General => Mensaje iniciado por: iosuxl en Abril 09, 2010, 08:59:13 am
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Tengo pensado hacer un viaje OFF desde Miranda pasando por pucela hasta Puebla de Sanabria. El problema es que de Valladolid a Sanabria he de tomar varias Vias pecuarias mas concretamente Cañadas (preguntas estan al final).
He mirado toda la legislacion al respecto:
DECRETO 4/1995 (Junta Castilla y leon):
Art. 2º.- Circulación de vehÃculos a motor. Los vehÃculos a motor
sólo podrán circular, en los montes y vÃas pecuarias señalados
anteriormente, por las carreteras o caminos, no estando permitida
la circulación por sendas o campo a través.
Art. 3º.- Prohibiciones. La ConsejerÃa de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, podrá prohibir mediante la
señalización vertical correspondiente, la circulación de los
vehÃculos a motor por caminos que afecten a la protección de
determinados parajes con valor paisajÃstico, ecológico o
forestal.
Segun esto sà se puede circular, excepto que haya una señalizacion que indique lo contrario, pero tambien existe:
LEY 3/1995, DE 23 DE MARZO, DE VIAS PECUARIAS
TITULO II
De los usos compatibles y complementarios de las vÃas pecuarias
ArtÃculo 16. Usos compatibles.
1. Se consideran compatibles con la actividad pecuaria los usos tradicionales que, siendo de carácter agrÃcola y no teniendo la naturaleza jurÃdica de la ocupación, puedan ejercitarse en armonÃa con el tránsito ganadero.
Las comunicaciones rurales y, en particular, el desplazamiento de vehÃculos y maquinaria agrÃcola deberán respetar la prioridad del paso de los ganados, evitando el desvÃo de éstos o la interrupción prolongada de su marcha. Con carácter excepcional y para uso especÃfico y concreto, las Comunidades Autónomas podrán autorizar la circulación de vehÃculos motorizados que no sean de carácter agrÃcola, quedando excluidas de dicha autorización las vÃas pecuarias en el momento de transitar el ganado y aquellas otras que revistan interés ecológico y cultural
Ahora Bien,
- ¿que entendeis vosotros por caracter excepcional y para uso especifico y concreto, las Comunidades Autónomas podrán autorizar la circulación de vehÃculos motorizados que no sean de carácter agrÃcola?
- ¿Se puede o no circular por las cañadas en Castilla y Leon?
Alguno lo tiene claro o me toca ir a la Consejeria de Medio Ambiente a que me suelten una retahila de normas y leches que aun te confunden mas.
Siento el toston
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El problema está en que muchos artÃculos de la Ley de Acceso Motorizado se prestan a confusión y libre interpretación. Lo que conlleva estar en manos del humor en que se haya levantado el Agente Rural que te encuentres.
Si a esto le añades que, por presiones ecologistas, haya habido modificaciones más restrictivas en la Ley original, uno no se haya enterado y te crujen.
Yo irÃa al departamento correspondiente a enterarme, cada AutonomÃa es un mundo. En Catalunya lo tenemos claro: en caminos de menos de 4 m. te pueden llevar al paredón.
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en la ultima salida de Semana santa utilizamos las cañadas merinas del norte de Burgos y las derivaciones hacia Palencia y Valladolid
La ley es de todo menos clara y siempre deja en manos de los ayuntamientos el restringir totalmente el tránsito de vehÃculos a motor por las cañadas y veredas
no obstante, el deber del ayuntamiento es señalizar las vÃas indicando la prohibición, cosa que no suele cumplirse debido a la falta de recursos de ayuntamientos muy pequeños de población y amplios terrenos
mi consejo es que te informes en el departamento de agricultura de CyL comentándolo aunque si te digo la verdad, el secreto es sencillo:
Nunca mas de tres motos, nunca circular rápido y nunca llevar escapes que metan ruido, si lo haces asÃ, no tendrás problemas
esto es una cañada:
(http://img260.imageshack.us/img260/7054/dsc03886medium.jpg)
pero esto también
(http://img97.imageshack.us/img97/6914/dsc03932medium.jpg)
y esto, que son las interesantes
(http://img130.imageshack.us/img130/3977/dsc03967medium.jpg)
en resumen:
que no se note, que no se oiga, que no levante polvo
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Si no está debidamente señalizada la prohibición de paso, está permitida la circulación por cañadas y vÃas pecuarias, incluso aunque estas pasen por el interior de reservas naturales...asà lo entiendo yo.
Adjunto dos fotos, una con el paso prohibido expresamente , y la otra dentro de una reserva natural, en la montaña palentina, concretamente en el nacimiento del rÃo Carrión, esta última cañada real, hacia la meseta...todo esto me lo comentó un lugareño...la vertiente asturiana si está prohibida, pero no llegué a comprobarlo.
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